DERECHO LABORAL
NEGOCIACIÓN COLECTIVA
Los últimos años, hemos estado inmersos en negociaciones colectivas, asesorando tanto a empresas como sindicatos desde el inicio del proceso de negociación.
Contamos con los estudios y practica para asesorar a nuestros clientes respecto de todas las etapas de una negociación y particularmente en la mesa negociadora, propiciando siempre el dialogo y las buenas prácticas para así obtener los resultados de su interés.
Hemos llevado a cabo negociaciones con empresas pequeñas, medianas y grandes, como Beiersdorf y Viña Ventisquero, alcanzando nuestros objetivos planteados en base al dialogo y la comunicación directa entre las personas.
NULIDAD DE DESPIDO
Si al momento del despido del trabajador no se han pagado sus cotizaciones previsionales, sean estas de AFP, Salud y/o AFC, el empleador será sancionado con la nulidad del despido, lo que significa que, mientras no se paguen las cotizaciones adeudadas al trabajador y esto le sea informado a través de carta certificada, se devengará un mes de remuneración por cada mes de retardo en el pago de las cotizaciones. El trabajador que se autodespide también tiene el derecho a solicitar esta sanción contra su empleador, en caso de proceder.
AUTODESPIDO
Ante el incumplimiento por parte del empleador de sus obligaciones contractuales, como el no pago de cotizaciones previsionales, no pago o atraso en el pago de remuneraciones, ya sea sueldo, bonos, semana corrida, etc, es posible que el trabajador se autodespida o presente su despido indirecto.
Antes de presentar la demanda en un tribunal laboral, el trabajador debe enviar una carta certificada al empleador, dando a conocer de los motivos de su autodespido y dar cuenta ante la inspección del trabajo respectiva.
En caso de declararse justificado el autodespido por parte de tribunal laboral, el empleador se encontrará obligado a pagar todas las prestaciones como años de servicios, vacaciones o feriado.
DESPIDO INJUSTIFICADO
Todo despido de un trabajador debe fundarse en una causal legal y en los hechos que se aplica. Es por ello, que el empleador debe mencionar en la carta de despido todos los motivos del despido del trabajador y son sólo aquellos los que se pueden probar en juicio. En caso de no hacerlo nos encontramos frente a un despido injustificado.
VULNERACION DE DERECHOS FUNDAMENTALES / TUTELA
El trabajador puede demandar una vulneración de derechos fundamentales si esto se ocasiona mientras se encuentra trabajando o, si al momento del despido, se ha producido una vulneración de sus derechos fundamentales.
Si el empleador se encuentra vulnerando los derechos fundamentales del trabajador, este también puede autodespedirse y denunciar ante la Inspección del Trabajo y el tribunal laboral el hecho de vulneración.
ACCIDENTES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
El plazo para demandar un accidente del trabajo o enfermedad profesional es de 5 años desde ocurrido el hecho.
La empresa se encuentra obligada por ley a garantizar su seguridad y salud en el ejercicio de las funciones de sus trabajadores, debiendo tomar todas las medidas necesarias para aquello.
En el evento que no haya tomado las medidas correspondientes, como no entregando las instrucciones de cómo realizar el trabajo o no entregando las herramientas de trabajo y/o seguridad necesarias y ocurre un accidente laboral, es posible demandar a la empresa que ha incumplido con su obligación de seguridad.
Contacto
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